sábado, 29 de marzo de 2014

NOMINA II

NOMINA  2

En  el desarrollo de esta asignatura  conocimos las bases y el mecanismo o  suspensión del contrato.
Las causales de la terminación del contrato se  puede presentar de muchas maneras ya sea por:

-fuerza mayor
- muerte del  trabajador
-inhabilidad del trabajador
-por parte del trabajador
-por parte del empleador

«  CESANTIAS: de igual manera desarrollamos las bases y los mecanismo para liquidarlas cesantías a la hora de utilizarlas ya sea para la compra de viviendas estudio o para  retirarlas cuando este cesantía ya sea por causal determinación  del contrato laboral ala cual es una ayuda para utilizar en el momento que esta desempleado pare esta liquidación se emplea  la siguiente formula

«  H.E.N.O (horas extras nocturnas ordinaria):son las que se trabajan de lunes a viernes o sábados de 10:00pm a 6:00 am y se remuneran con
CESANTIAS: sueldo básico x números de  días trabajados
                                                           360

Dominicales o festivos 175% =1.75
«  H.E.D.F (horas extras diurnas festivas): son las que se laboran dentro del horario ordinario entre la 6:00 am y 10:00 pm se remuneran con

200% = 2,0
«  H.E.N.F (horas extra nocturna festivas): son las que se labora fueran de la jornada ordinaria un festivo desde las 10:00 pm a 6:00 am y se remuneran con 250% = 2,5
¾    Recargo nocturno es el porcentaje que se le paga al trabajador por su labor fuera del horario ordinario en las horas de la noches y se remunera con  35% = 0,35
Intereses sobre cesantía: este es un reconocimiento  del cual tiene parte el trabajador por el pago de los intereses
De las cesantías estas son canceladas a mas tardar en el mes de febrero y se calcula utilizando las siguientes formula
Intereses / cesantías = cesantías * 0,12* numero de días trabajados
                                                           360
De igual manera analizamos la liquidación empleada para calcular las vacaciones y las primas de servicios
«  Prima  de servicios: es el reconocimiento al cual tiene el trabajador por los servicios prestados las cuales se  pagan a mas tardar el 30 de junio las que corresponden al primer semestre del año y las del segundo semestres a mas tardar el 20 de diciembre y se toma el devengado durante el semestre y en el caso del salario variable se promedia todo el semestre

«  Vacaciones: es el tiempo al que el trabajador tiene derecho a descansar por el tiempo laborado durante un año en el cual se paga en 15 días hábiles por cada año de servicio o proporcionales durante el tiempo de trabajo y se liquidan con base en el ultimo sueldo que se esté devengando en el momento de salir a disfrutar las vacaciones con el momento de la liquidación del contrato cuando se paga en dinero

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